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Lista de Leva, Ruolo Matricolare, Foglio Matricolare, Congedo Assoluto
Es muy común que utilicemos el término "Registros de Leva" cuando pretendemos averiguar la historia militar de nuestros antepasados, pero este término es muy genérico. Fueron varios los documentos militares que se generaban durante su reclutamiento y debemos diferenciarlos, para conocer así, qué necesitamos solicitar a los archivos italianos.
Tipos de Documentos
Lista di Leva: (Levante) cuando los ciudadanos masculinos, residentes en una ciudad, habían llegado al decimonoveno año de edad, el Consiglio di circondario realizaba listas alfabéticas en base a los registros parroquiales y de las comuni (sobre la base de la documentación del registro civil). Se conservan en los Archivos del Estado (Archivio di Stato).
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Ruolo Matricolare: (Registro de Matrícula) comprende a todos los varones de su clase que se presentaron al cumplir la edad requerida. No significa que hayan sido convocados a cumplir con el servicio militar, sólo consta que se los registró. Se conservan en los Archivos del Estado (Archivio di Stato) y mas adelante veremos de donde deriva su nombre. Es un documento de oficio.
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Foglio Matricolare: (Folio de Matriculado) por lo general se conservan en el distrito militar en el que el recluta fue matriculado, a veces se encuentra en los Archivos del Estado (Archivi di Stato). El Foglio matriculare, a diferencia del Ruolo Matricolare, tiene muchos más datos. De hecho,Ruolo Matricolare puede ser considerado como una "síntesis" del Foglio Matricolare. |
Congedo Assoluto: (Cese definitivo de las obligaciones militares) Es un documento difícil de encontrar pero que brinda toda la historia militar del ciudadano, además de la descripción física y su firma. Normalmente se conservaban en el Distrito Militar de pertenencia pero muchos fueron cerrados y los documentos trasladados al nuevo Distrito, lo cual nos complica el seguimiento al momento de la búsqueda, siendo que estos probablemente luego hayan sido trasladados a los Archivos Históricos y/o del Estado (Buscar "Distretti Militari"). Generalmente se otorgaban a los 45 años de edad para la tropa, por enfermedad o frente a dificultades físicas que se traducen en la imposibilidad de cumplir el servicio militar. Otorgaba la licencia absoluta y totalmente liberadora para el ciudadano obligado al servicio militar. |
A continuación describiremos la historia de la leva tomando como ejemplo, la forma en que se organizó en Firenze entre 1842-1939[1], que con leves diferencias se puede aplicar a todo el territorio italiano.
Para la Ley de la Toscana de 1853 - como para la análoga Sarda del 20 de marzo de 1854) – para organizar la leva era fundamental la referencia a la organización de las divisiones territoriales (circoscrizioni) y la terminología administrativa. De acuerdo con la Ley del 9 marzo de 1848 el territorio del Gran Ducado fue dividida en compartimenti[2] y circondari[3], estos últimos compuestos por varias comuni.
La ley de reclutamiento del 18 de febrero 1853 declaró que la cuota de conscriptos para enviar al servicio militar (fijada anualmente por una ley especial) fuese dividida por compartimenti siendo responsables los prefectos, por circondari, siempre en proporción a la población residente.
El Consiglio di circondario realizaba todas las operaciones relativas a la leva. Basándose en registros parroquiales y del estado civil, confeccionaba listas alfabéticas de todos los jóvenes ciudadanos masculinos, residentes en cada comuna, que habían llegado al decimonoveno año de edad.
Aprobadas y publicadas las listas en cada comuna, el Consiglio realizaba una nueva lista alfabética de todos los reclutas del circondario (independientemente de la comuna) y procedía a realizar el sorteo.
Los jóvenes eran llamados en orden alfabético y cada uno extraía de una urna un número que se convertía en su número de orden en la nueva lista de extracción que se completaba de inmediato, dejando para el servicio efectivo a todos los conscriptos hábiles de las listas, hasta alcanzar el número requerido de los hombres para cubrir la cuota de la leva, de ese distrito, ese año, eliminado, por supuesto, los riformati excluidos por diversas razones.
En efecto, estaban previstos muchos casos de exclusiones y exenciones, de cambios y sustituciones. La misma ley llevaba, como anexo, un detalle de las enfermedades y los defectos que excluían del servicio militar. Como se verá, los mecanismos institucionales determinaban que la producción de documentos fuesen similares a los previstos en la ley sarda de 1854, que luego se extendió al Reino de Italia.
Estas «liste di leva» verificadas por la junta municipal y firmadas por el síndaco, eran enviadas a principios de marzo del vigésimo año de nacimiento de la clase, al Consiglio di leva, que se asentó en todos los distritos (circondari) en la prefectura respectiva o subprefectura y era presidido por el Prefecto o el Subprefecto que representaba al Ministro de Guerra y supervisaba todas las operaciones. Sin perjuicio de la jurisdicción de los tribunales ordinarios, el Consiglio di leva era llamado para atender cualquier consulta inherente a la leva y los procedimientos respectivos.
Las listas de leva eran definitivas tras la verificación por el Consiglio di leva, con el examen físico de los inscriptos y la decisión sobre cuestiones de derecho eventualmente planteadas. Con estas operaciones el Consiglio declaraba formalmente, para cada registrado: uno de los siguientes "resultados":
- la riforma (es decir, la incapacidad absoluta para el servicio) - la rivedibilità (discapacidad física presumiblemente temporal y por lo tanto remisión a la leva) - el arruolamento (reclutamiento pero que significaba “consentimiento” en la terminología antigua subalpina, se refería a la inclusión al Ejército, una vez verificada la capacidad de servicio) - la reticencia (es decir, ausencia injustificada a la obligación de presentarse personalmente a la leva) |
La convocatoria por sorteo se mantuvo en vigencia durante la ley de "cupo" («legge del contingente»), es decir, entre 1862-1907, ordenando con el mismo sistema la asignación de reclutas para la primera categoría, de jóvenes “hábiles”, hasta cubrir el número requerido por la ley, correspondiente a la cuota de ese año (legge di Bizancio).
Los ciudadanos restantes, es decir, los que excedían el número requerido, aunque fuesen hábiles, eran asignados a la "segunda categoría". A la “tercera categoría” eran asignados los que se encontraban en condiciones de evaluación jurídica (por lo general por cuestiones familiares). Completadas las operaciones de enrolamiento, la cuota de primera clase, en virtud de la ley vigente entre 1862 y 1875, fueron inmediatamente enviados a las armas y los miembros de las segunda y tercera categorías se enviaban en licencia (congedo). Este congedo se volvía definitivo cuando los soldados alcanzaban la edad máxima para integrar los batallones.
Terminadas las operaciones, el Consiglio di leva enviaba al distrito militar competente de la zona, tres listas separadas de los soldados enrolados en tres categorías; sobre esta base, el sujeto recibía un número individual (matricola) que relacionado con el nombre del Distrito y la clase de nacimiento lo identificaría para siempre.
Una vez que cumplían el servicio militar le extendían la constancia de haber prestado servicio y el número de matricula: son los ruoli matricolari.
Para comprender mejor algunos de los términos citados en este artículo, te invitamos a visitar el Pequeño Diccionario de Términos Militares.
Analía Montórfano
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Fuentes:
[1] Agradezco a Amalia Durante su colaboración y la información sobre el siguiente link http://www.archivi.beniculturali.it/DGA-free/Rassegna/RAS_2007_2.pdf
[2] Compartimenti: El compartimento fue una subdivisión administrativa diseñada por Pietro Maestri, de conformación similar a las de las actuales regiones. http://www.rivista-geografia.it/index.php?option=com_content&task=view&id=69&Itemid=29
[3] Circondario: El circondario (distrito) constituye el ámbito territorial de gravitación de una ciudad o de jurisdicción de una oficina http://it.wikipedia.org/wiki/Circondario